dijous, 25 de setembre del 2025

Ampliación permiso de paternidad: desde agosto de 2025 pasa a 19 semanas


El Gobierno ha aprobado una reforma histórica en materia de conciliación laboral y familiar. A partir de agosto de 2025, los padres y madres trabajadores en España contarán con 19 semanas retribuidas de permiso por nacimiento y cuidado del menor, tres más que las actuales. La medida, incluida en el Real Decreto-ley 9/2025, supone un importante avance hacia la igualdad y la corresponsabilidad en el cuidado.

Hasta ahora, cada progenitor tenía reconocido un permiso de 16 semanas, igualado en 2021 tras años de avances progresivos. Con esta nueva modificación, el permiso se amplía hasta las 19 semanas, y se reorganiza de manera más flexible para adaptarse a las distintas etapas de la vida del menor.

El esquema será el siguiente:

  • 6 semanas obligatorias, inmediatamente posteriores al parto o adopción, a jornada completa, que garantizan el descanso y la recuperación inicial, así como el cuidado directo del recién nacido.
  • 11 semanas adicionales, que podrán disfrutarse de forma interrumpida o acumulada dentro del primer año de vida del menor.
  • 2 semanas extra, que marcan la gran novedad: podrán utilizarse en cualquier momento hasta que el hijo cumpla 8 años, lo que abre la puerta a disponer de tiempo retribuido para cuidados más allá de la primera infancia.

En el caso de las familias monoparentales, el permiso se amplía de forma excepcional hasta las 32 semanas, lo que reconoce el esfuerzo añadido que supone asumir en solitario las responsabilidades de crianza.

La reforma también mantiene y clarifica los supuestos que permiten ampliar la duración del permiso:

  • Discapacidad del hijo o hija: 2 semanas adicionales.
  • Partos, adopciones o acogimientos múltiples: 1 semana más por cada hijo a partir del segundo, tanto para la madre como para el padre.
  • Hospitalización del recién nacido: el permiso podrá ampliarse hasta en 13 semanas, en función de la duración del ingreso.

Estas previsiones buscan dar cobertura a situaciones de especial vulnerabilidad, donde el tiempo de cuidado resulta todavía más necesario.

El Real Decreto-ley entró en vigor el 31 de julio de 2025, pero establece efectos retroactivos para todos los nacimientos, adopciones y acogimientos producidos desde el 2 de agosto de 2024.

Esto significa que las familias que hayan tenido hijos desde esa fecha también se verán beneficiadas de la reforma, aunque con una particularidad: las 2 semanas de disfrute hasta los 8 años solo podrán solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.

La prestación, como hasta ahora, será abonada por la Seguridad Social y cubrirá el 100% de la base reguladora del trabajador o trabajadora.

La ampliación supone un salto cualitativo en el modelo de permisos parentales en España. Se pasa de 16 a 19 semanas retribuidas por progenitor y, por primera vez, se introduce la posibilidad de disfrutar parte del permiso años después del nacimiento.

Hasta ahora, todo el permiso debía agotarse en el primer año de vida del menor. Con la nueva norma, las familias podrán guardar 2 semanas para etapas posteriores, lo que resulta especialmente útil en momentos clave de la crianza, como el inicio del colegio, cambios de etapa educativa o situaciones personales concretas.

Este cambio también plantea retos organizativos para las empresas. La posibilidad de interrumpir y fraccionar los periodos de permiso requerirá una mayor planificación de recursos humanos. Además, los departamentos de personal deberán adaptarse a los nuevos plazos de preaviso —un mínimo de 15 días— y garantizar que el disfrute de estos derechos no genere conflictos.

Recordamos que estos permisos son un derecho individual e intransferible, lo que significa que cada progenitor debe disfrutarlos de forma separada, sin posibilidad de cederlos al otro. La negociación colectiva y el diálogo en las empresas serán fundamentales para aplicar la reforma con garantías. 

Para cualquier duda estamos a vuestra disposición.