dimarts, 22 de setembre del 2020

NUEVO REAL DECRETO TRABAJO A DISTANCIA. VALORACIÓN

Ayer se publicó el RD 28/2022 que regula el trabajo a distancia. 

Los aspectos mas destacables de esta ley son los siguientes:

- La voluntariedad tanto para la empresa como para la persona trabajadora. 

- La consideración de trabajo a distancia a partir del 30% de la jornada.

- Las empresas deben dotar a las personas trabajadoras de los medios necesarios para desarrollar su actividad.

- La empresa deberá sufragar o compensar los gastos derivados del desarrollo de la actividad.

- Garantiza los mismos derechos que los trabajadores "presenciales".

- Remarca la necesidad de aplicar la ley de desconexión.

Desde UGT-SYNECTIC consideramos que esta legislación, aunque insuficiente, abre la puerta a algo impensable hace unos meses como la compensación de los gastos, esto que supone un punto de inflexión en esta modalidad de trabajo.
Por otro lado, nos preocupa que la empresa se acoja al mínimo marcado por la ley para no extender el trabajo a distancia del 20% actual. 

A día de hoy, dado que el teletrabajo que realizamos se deriva de las medidas de contención de la COVID-19 se puede seguir haciendo sin ningún tipo de acuerdo la empresa sólo debe aportarnos el material cosa que ya hace (disposición transitoria tercera del RD).

Entendemos que cuando acabe la situación pandémica la empresa tendrá un año para adaptarse a la nueva norma.