Estimados compañeros y compañeras.
Os queremos informar que el pasado miércoles día 3 tuvimos una reunión (comité) con la empresa.
Los temas que se abordaron fueron dos:
• Acuerdo desconexión digital
• Teletrabajo
Paso a detallaros algunas cositas.
DESCONEXIÓN DIGITAL
Hemos alcanzado un acuerdo con la empresa, que pretende garantizar el derecho a la desconexión digital. El documento lo tenéis aquí.
Bajo nuestro punto de vista, aunque consideramos insuficiente entendemos que como mínimo reconoce este derecho y nos permitirá hablar del mismo y es por eso por lo que lo hemos votado a favor.
Consideramos que es insuficiente y aunque no hayamos conseguido que sea modificado hemos hecho unas apreciaciones que hemos querido reflejar en el acta.
Han sido las siguientes:
1. Consideramos que la empresa debería valorar el poner mecanismos “técnicos” que garanticen el derecho a la desconexión. De hecho, nos crea dudas si el hecho de intentarlo sólo a través de la sensibilización podía no cumplir con la normativa vigente. La empresa toma nota, pero no se lo plantea.
2. Hemos pedimos la participación en las acciones de sensibilización, así como reuniones de seguimiento para ver cómo evoluciona la medida. La empresa está de acuerdo.
3. Dado que el plus de disponibilidad deja exenta a las personas que lo tienen de este acuerdo, hemos solicitado saber que personas o puestos lo tienen y así poder valorar si está correctamente aplicado. Por otro lado, tenemos dudas si esto tendría cabida jurídica ya que el RD hace mención explícita a directivos y mandos intermedios. La empresa nos detallará dicha información.
4. Consideramos que en el párrafo:
Se debería de cambiar el “podrán desconectarlo” por “deberán de desconectarlo” ya que, según el acuerdo en el primer párrafo, la empresa deja muy claro que los dispositivos electrónicos (en los que bajo nuestro punto de vista están los teléfonos móviles) son de uso exclusivo laboral por lo que no tiene sentido que apagarlos sea una recomendación.
TELETRABAJO
La empresa nos ha lanzado su propuesta de teletrabajo que consiste en 2 días de teletrabajo + 3 en la oficina.
La bonificación es de 20€ brutos al mes y para cobrarlo se deberá hacer como mínimo el 70% del teletrabajo.
La empresa permitirá que se teletrabaja desde segunda residencia, pero no desde espacios coworking por cuestiones de la wifi compartida y los riesgos para la seguridad.
El comité por unanimidad considera que deberíamos de ir a un modelo 3 días de teletrabajo + 2 días en la oficina y en próximas reuniones veremos cómo evoluciona la propuesta de la parte social.
Por último, deciros que está abierta la negociación del convenio y os iremos informando.
Cualquier cosa ya sabéis donde estamos.